Revisa bien los seguros que tienes contratados porque puedes desgravarte en la declaración de la Renta que comienza este mes de Abril. ¿Sabes cuáles son? A continuación los enumeramos.
Seguros de Hogar
Desgravan siempre que en la escritura de compra-venta de tu vivienda habitual, el banco te exija un seguro de hogar. Si NO está especificado, puedes desgravar la parte que cubre los riesgos obligatorios.
Seguro de Vida
Ocurre igual que en el caso anterior. Desgrava si está vinculado a tu hipoteca. En ambos casos, es preciso que tu aseguradora emita un certificado detallando la cantidad.
Seguro de Vida para Autónomos
si eres autónomo y contratas tu seguro de vida en una entidad de previsión social tus aportaciones también disfrutarán de reducciones en la declaración de la Renta.
¿Qué más desgrava? Otros pagos vinculados a tu vivienda como son los gastos derivados de la compra-venta, El ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) AJD (Actos Jurídicos Documentados), IVA, notarías, gastos de registro…
El fondo de pensiones. Son desgravables tus aportaciones entre un 24,75% y 52% según la Comunidad Autónomo donde vives. Existe un límite para las aportaciones de 10.000 € hasta los 50 años y, a partir de esta edad, de 12.500 €.