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Seguro Fianzas ante la Administración

¿Qué es un seguro de fianzas ante la administración?

El seguro de fianzas ante la administración está destinado a personas físicas o jurídicas que participan en concursos públicos de construcción. Ofrece una garantía provisional o definitiva para asegurar el cumplimiento de las obligaciones legales o contractuales en caso de resultar adjudicatarios. También cubre los suministros anticipados.

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¿Por qué contratar un seguro de Fianzas ante la Administración?

La contratación de este seguro es necesaria según la Ley de Contratación con las Administraciones Públicas, que exige la presentación de un aval bancario o seguro de caución. Este seguro garantiza el cumplimiento de las obligaciones contractuales para personas físicas o jurídicas que liciten o contraten con la Administración.

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Ventajas de nuestro Seguro de Fianzas ante la Administración

Obligatoriedad

Cumple con la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.

Tarifas

Primas ajustadas al riesgo de la sociedad y el contrato.

Cantidades

Garantiza la indemnización en caso de incumplimiento de las obligaciones legales.

Desde el inicio

Coincide con la duración del contrato firmado, finalizando con la devolución del documento original por parte del asegurado.

Coberturas del Seguro de Fianzas ante la Administración

Preguntas frecuentes del seguro de Fianzas ante la Administración

Sí ya que la Ley de Contratación con las Administraciones Púbicas (Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público) exige la presentación de un aval bancario o un seguro de caución que garantice el cumplimiento de las obligaciones contraídas por quienes liciten o suscriban un contrato con la Administración.
En el Seguro de Fianzas ante la Administración el Asegurado puede ser cualquier Organismo Público o Empresa Pública, dependientes de la Administración, ya sea estatal, autonómica o local.

El tomador de la póliza será la persona física o jurídica que licite o resulte adjudicataria, en un concurso convocado por la Administración.

El cumplimiento del contrato del tomador de la póliza frente al Órgano de la Administración Pública que presenta el concurso. En cada Certificado de Póliza individual de Caución se concretan los aspectos relativos a cada operación asegurada, y en él se establece el importe máximo a asumir por la responsabilidad de la garantía cubierta.
Se produce con el incumplimiento por parte del tomador de la póliza de las obligaciones legales o contractuales contraídas con la Administración contempladas en el certificado de seguro de Caución y en el pliego de condiciones del contrato firmado entre el tomador y la Administración.

Se realizará un estudio del riesgo para cada persona física o jurídica. Para ello, será necesario aportar un cuestionario debidamente cumplimentado, así como la documentación indicada en el mismo.

Siempre y cuando el resultado del estudio sea favorable, se emitirá oferta del seguro. Si la oferta es aceptada por el tomador, se emitirán las pólizas individuales de caución para cada una de las solicitudes recibidas, sin que en ningún caso, se puedan sobrepasar los límites establecidos en la oferta.

infórmate sobre el seguro de Fianzas ante la Administración

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¿Te interesa contratar nuestro seguro de Fianzas ante la Administración?

La necesidad de este seguro viene determinada por la vigente Ley de contratación con las administraciones públicas, que exige la presentación de un aval bancario o de un seguro de finanzas que garantice el cumplimiento de las obligaciones contraídas por aquellas personas físicas o jurídicas que liciten o contraten con la administración.

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