En un ámbito general, y con independencia de la distinta tipología de mediadores, los clientes tienen derecho a:
1.- Recibir información acerca del marco legal que disciplina la actividad de mediación de seguros, que tiene por objeto proteger sus derechos como consumidor.
2.- Ser asesorado e informado, de forma veraz y suficiente, en la promoción, oferta y suscripción de pólizas, y en general, en materia de seguros.
3.- Contratar con plena libertad la póliza de seguro más adecuada a sus necesidades, sin recibir presión alguna.
4.- No ser obligado ni forzado a contratar una póliza de seguro con una determinada entidad, ya que el cliente tiene plena libertad para ello.
5.-Anular una póliza de seguro, con plena libertad, a tenor de lo establecido en la misma.
6.- Recibir asistencia y asesoramiento en caso de siniestro, hasta la resolución del mismo.
7.- Efectuar reclamaciones y quejas.
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