Seguro para Protección del Impago de Alquiler

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Seguro de Impago de Alquiler

Un seguro que cuida tu vivienda alquilada

Alquilar una vivienda en propiedad puede ser una buena manera de sacarle una rentabilidad, pero si no se tienen las mejores precauciones, tu vivienda de alquiler puede convertirse en un problema. Lo mejor es contratar un seguro de impagos para tu piso alquilado, que te ofrezca los servicios más completos para que el alquiler de tu vivienda sea una experiencia libre de problemas.

Con el seguro de impago de alquiler, no tendrás que preocuparte de recuperar tu vivienda en caso de impago y de cobrar por las rentas impagadas. Además, si el moroso te ha causado desperfectos en la vivienda, te compesará por los daños hechos.

¿Qué te ofrece el Seguro de impago de alquiler?

Un seguro de impago de alquiler es un tipo de seguro que ofrece protección al arrendador en caso de que el inquilino no pague la renta o incurra en impagos durante el periodo de alquiler. Este seguro cubre los gastos legales y los costes de la recuperación de la propiedad en caso de que sea necesario tomar acciones legales para resolver el impago.

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Ventajas del seguro para protección de impagos de alquiler

Garantía de cobro de rentas

Si tu arrendatario no paga, la compañía reclamará las rentas pendientes e iniciará el proceso de desahucio para que recuperes tu inmueble.

Garantía de impago de suministros

Contratando el Seguro de Impago de Alquiler la compañía también podrá hacerse cargo del impago de los suministros.

Reclamación e indemnización

El Seguro garantiza la reclamación de los posibles daños causados a tu vivienda o local (continente) y una indemnización económica por actos vandálicos o malintencionados que te haya causado el inquilino.

Asesoramiento y asistencia jurídica

La Aseguradora pondrá a tu disposición un abogado que te informará de tus derechos y de la mejor forma de defenderlos, además de reclamar y defender tus intereses si fuera necesario.

Con el seguro de impago de alquiler tienes garantías para protegerte

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El Seguro de impago de alquiler
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Cobrar la renta
Indemnización económica
Asesoría y defensa jurídica

Contratando MÁXIMAs COBERTURAs

Renta mensual máxima garantizada de 4.000 euros

Daños al continente por actos vandálicos, en caso de impago:

Daños al continente por actos vandálicos, en caso de impago del inquilino:

• Viviendas y Residencial:
1. Modalidad 6 meses: hasta 1.500 euros
2. Resto de modalidades: hasta 3.000 euros

• Locales o Bajos Comerciales:
1. Hasta 3.000 euros con franquicia de 350€

• Gastos de defensa jurídica en caso de impagos:
1. Ilimitados (libre designación de abogado: máximo 3.000 euros)

• Subrogación de servicios (agua, luz, gas, comunidad):
2. Límite 200 euros/mes o servicio.

• Sustitución de cerraduras en caso de desahucio:
3. Límite 300 euros

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Preguntas frecuentes sobre el seguro para protección de impago de alquiler

Cualquier propietario o arrendador de una propiedad puede contratar un seguro de impago de alquiler, ya sea que tenga una única propiedad o varias.

Es recomendable intentar primero dialogar con el inquilino, pero si no es posible comúnicalo a tu compañía donde tengas la póliza de impagos de alquiler.
No, en ningún caso se puede hacer esto ya que actuaría en contra y podrían ponerte una denuncia por coacción.
Hay que contactar con el gestor del caso o el abogado. Lo que no hay que hacer nunca es entrar en el inmueble porque legalmente no lo ha recuperado y además, porque es necesario que el juzgado sea el primero que entre en la vivienda o local comercial en caso de que hubiera daños causados por los inquilinos.

La fianza no puede servirle al inquilino de excusa para no pagar la renta. El inquilino ha de tener en cuenta que la fianza no será sólo una garantía del impago de la renta sino también para garantizar que el inmueble se devuelve sin daños.

Si el arrendador no tiene seguro de impago de rentas, puede utilizar la fianza para cobrar esas cantidades adeudadas por el inquilino.

Si el arrendador tiene seguro de impago de rentas, podría usar la fianza para cobrar el pago de las cantidades adeudadas por el inquilino, pero deberá comunicarlo a la compañía aseguradora para evitar cobrar dos veces por el mismo concepto (seguro y fianza).

Descubre sobre el seguro de impago de alquiler

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¿Te interesa contratar un seguro de impago de alquiler?

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¿Tienes dudas sobre las coberturas que da el seguro de impagos de alquileres?