Existen muchos seguros de vida que se otorgan con diferentes productos financieros y el consumidor a veces no presta la atención suficiente a éstas pólizas, por lo que suelen caer, en ocasiones, en el olvido.
Para dar solución a situaciones como ésta, a partir de hoy cualquier persona podrá saber y consultar si es beneficiaria de un seguro de vida, Así, pasados 15 días desde el fallecimiento de un familiar, tenemos la posibilidad de acudir a comprobar al Registro (previo pago de 3,3 euros) si el difunto tenía contratado un seguro de vida.
El Ministerio de Justicia ya está llevando a cabo una campaña a través de Internet, pósters y trípticos con el lema Su derecho es saber lo que es suyo, con un fin informativo.
¿Cuáles son los trámites para realizar la solicitud? El impreso 790 puede solicitarlo pasados 15 días desde el fallecimiento del asegurado, toda persona que lleve el certificado de defunción, y abone la tasa de 3,3 euros en un banco.
¿Donde debemos acudir? Hay que entregar los documentos en el Registro General de Actos de Ultima Voluntad. La entrega del certificado debe realizarse en el acto si se solicita en persona y en siete días si se solicita por correo. Los datos de éste registro se guardarán durante 5 años a contar a partir de la fecha de defunción del asegurado, y no se podrá solicitar el certificado pasado éste tiempo.