DEV, ¿Qué es y qué cambios obligatorios trae?

La Dirección Electrónica Vial

La Dirección Electrónica Vial (DEV) es un buzón digital en el que puede toda persona puede registrarse para recibir las comunicaciones y notificaciones que envía la Dirección General de Tráfico (DGT) por vía electrónica, por la cual toda notificación que llegue a través de este buzón poseerá la misma validez y los mismos efectos jurídicos que la notificación en papel. Además, el registro se realiza de forma totalmente gratuita.

Aviso de la DGT respecto a la Dirección Electrónica Vial (Imagen: DGT)

Cabe destacar también que acogerse a este sistema puede evitar caer en estafas y otros tipos de ciberataques, ya que al ser un sistema oficial toda comunicación que se realice a través de este buzón electrónico será totalmente oficial y estaremos seguros de que es la propia DGT la que se pone en contacto con el usuario.

Obligatoriedad de la DEV para personas jurídicas y empresas

Un cambio muy importante, que está apunto de implantarse, es que a partir del 1 de Noviembre del año 2022, la dirección electrónica vial será de uso obligatorio tanto para personas jurídicas cómo para empresas que sean titulares de algún permiso de circulación o bien sean arrendatarias a largo plazo de algún vehículo. Por ello, la DGT ha lanzado una campaña divulgativa en redes sociales para hacer llegar este cambio a todos los afectados.

A partir de dicha fecha la DGT dejará de emitir cualquier tipo de comunicación de de forma física con la tradicional carta en papel, pasando directamente a las notificaciones por vía digital. Por lo tanto, todas las personas jurídicas y empresas deberán facilitar un número de correo electrónico y/o de teléfono móvil a la DGT antes del 1 de noviembre para poder recibir todas las posibles notificaciones. Aquellas que no estén registradas en la DEV deberán disponer de un certificado digital válido. Si no lo tienen, la DGT actuará de oficio y las incluirá en la base de datos de la DEV para que puedan consultar cualquier tipo de notificación online.

Igualmente, es importante destacar que el registro y uso de la DEV sigue siendo voluntario y no obligatorio para las personas físicas, es decir, para conductores particulares.

En conclusión y según lo dispuesto por la ley, las personas jurídicas se relacionan de forma electrónica con la Dirección General de Tráfico de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y, en esta misma línea a partir del próximo 1 de noviembre también deberán disponer de una Dirección Electrónica Vial en base a lo establecido en el artículo 60 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

¿Cómo me doy de alta?

Esta cuestión puede llegar a ser una molestia para todas aquellas personas que no estén acostumbradas a realizar gestiones vía electrónica con las instituciones, por lo que a continuación detallamos los pasos a seguir para darse de alta en la Dirección Electrónica Vial:

  • En primer lugar, entrar en la página web de la DGT
  • Pulsar en el icono de «Alta, modificación y baja en DEV».
  • Una vez entrado en la sección anterior te aparecerá una ventana emergente en la que debes seleccionar un certificado válido con tus credenciales.
  • Y una vez seleccionado el certificado te redireccionará a una página donde deberás rellenar el formulario con la dirección de correo electrónica donde quieras recibir las notificaciones electrónicas. Dónde también podrás facilitar un número de teléfono donde recibir las notificaciones vía sms.
Requisitos para dar de alta el DEV (Imagen: DGT)